ACTIVIDADES ECONÓMICAS EXPUESTAS A LOS FACTORES DE RIESGO BIOLÓGICOS
El Decreto 2100 de 1995 del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social informa sobre Actividades Económicas que se desarrollan en Colombia expuestos por sus diferentes ocupaciones a riesgo biológico, tales como: Lavandería, los Agricultores, Veterinarios, Hospitales, Mataderos y Carnicerías, manejo de basuras y los rellenos donde van a parar las basuras etc.
Código Sanitario Nacional: En donde los trabajadores y empleadores tienen obligaciones sobre el riesgo biológico: Proporcionar y mantener un ambiente de trabajo en adecuadas condiciones de higiene y seguridad.
Proporcionarle al trabajador los medios necesarios para el mínimo riesgo para la salud con el fin de promover y proteger el bienestar de los trabajadores mediante el mantenimiento de los sistemas y equipo de control para prevenir enfermedades y accidentes de trabajo (esto en cuanto a empleadores).
Obligaciones de los trabajadores:
Usar y mantener adecuadamente los equipos de protección personal (EPP), conservar en orden y aseo los lugares de trabajo, esto con el fin de implementar la colaboración y participación de las medidas de prevención de riesgo para la salud.
El Decreto 1832 de 1994 del Ministerio del Trabajo por el cual se adopta la Tabla de Enfermedades Profesionales, considera como tales las enfermedades infecciosas y parasitarias en trabajos con exposición a riesgos biológicos.
Estas enfermedades son las siguientes:
De transmisión sanguínea
VIH Virus de Inmunodeficiencia Humana
VHB Virus de hepatitis B
VHC Virus de hepatitis C
VIH Virus de Inmunodeficiencia Humana
VHB Virus de hepatitis B
VHC Virus de hepatitis C
De transmisión respiratoria
Tosferina, Tuberculosis, Varicela, Sarampión, Influencia, Rubéola Difteria entre otras.
Tosferina, Tuberculosis, Varicela, Sarampión, Influencia, Rubéola Difteria entre otras.